La Corte Suprema de Justicia de Colombia determinó que la prostitución constituye una forma de explotación sexual y no puede ser considerada un trabajo común, según lo establecido en la sentencia SP287 de 2026 emitida por la Sala de Casación Penal.
La decisión se produjo en el marco de un proceso judicial en el que un hombre fue condenado por explotar sexualmente a cuatro menores de edad. Con este fallo, el alto tribunal fijó un precedente en Colombia frente al debate jurídico y social sobre la prostitución y los derechos humanos.
En su pronunciamiento, la Corte señaló que quienes pagan por servicios sexuales no pueden ser vistos únicamente como consumidores, argumentando que el cuerpo de una mujer no debe tratarse como un objeto de intercambio comercial.
El tribunal indicó además que el análisis de esta problemática debe ir más allá del ámbito económico y centrarse en factores relacionados con la dignidad humana, la violencia sexual y las desigualdades sociales que rodean este fenómeno en el país.