La DIAN continúa durante septiembre con los vencimientos para que las personas naturales obligadas presenten su declaración de renta correspondiente al año gravable 2025. El calendario establece las fechas de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Entre el 21 y el 25 de septiembre, los vencimientos corresponden a los contribuyentes cuyos NIT terminan en los siguientes números: 83 y 84, el 21 de septiembre; 81 y 82, el 22; 79 y 80, el 23; 77 y 78, el 24; y 75 y 76, el 25 de septiembre. Estas fechas hacen parte del cronograma general que comenzó el 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre de 2026.
La obligación no aplica automáticamente a todas las personas naturales. Para el año gravable 2025, deben declarar quienes hayan cumplido alguno de los criterios establecidos por la DIAN, como registrar ingresos brutos de al menos 1.400 UVT, tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, superar ese mismo umbral en consumos con tarjeta de crédito, compras o consumos, o registrar consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por encima de 1.400 UVT. También están incluidos quienes fueron responsables del IVA al 31 de diciembre de 2025.
La DIAN señala que la UVT de referencia para el año gravable 2025 es de $49.799, por lo que los umbrales de 1.400 UVT equivalen a $69.718.600 y los 4.500 UVT a $224.095.500. Quienes estén obligados y no cumplan dentro del plazo establecido pueden quedar expuestos a sanciones e intereses, por lo que es importante verificar la situación tributaria antes de la fecha límite.
En total, el calendario contempla los vencimientos de las personas naturales hasta el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT. La DIAN dispone además de una herramienta para consultar con el número de cédula si existe obligación de declarar renta, por lo que los contribuyentes pueden verificar su situación y evitar dejar el trámite para el último momento.