El trámite del Presupuesto General de la Nación para 2027 quedó bajo cuestionamiento luego de que la senadora Esmeralda Hernández y Lina García Sierra advirtieran diferencias entre los textos aprobados por el Senado y la Cámara de Representantes, sin que se realizara una conciliación antes del vencimiento del plazo legal.
La controversia se concentra en el artículo 65 del proyecto, relacionado con la estabilización de fondos frente a las fluctuaciones de los precios internacionales del petróleo y de la gasolina.
Según la revisión presentada por Hernández, el Senado aprobó el artículo en su versión original, después de que el senador Juan Fernando Caicedo retirara una proposición de modificación y la dejara como constancia. Sin embargo, en el texto aprobado por la Cámara habría quedado incorporada esa modificación, junto con dos parágrafos adicionales.
La Secretaría General del Senado, a cargo de Diego González, confirmó que en el registro de proposiciones aprobadas por esa corporación no figura ninguna modificación al artículo 65. Esta constancia respalda la existencia de una diferencia que debe ser examinada frente al texto aprobado por la Cámara.
La conciliación, en el centro de la controversia
El artículo 161 de la Constitución establece el mecanismo de conciliación cuando las plenarias del Senado y la Cámara aprueban textos diferentes de un proyecto de ley. La finalidad es unificar las discrepancias antes de completar el trámite legislativo.
La dificultad radica en que la Cámara aprobó el presupuesto durante la madrugada del 20 de octubre, fecha límite señalada para culminar el trámite. Por esa razón, la denuncia sostiene que no hubo tiempo para convocar y aprobar una conciliación dentro del plazo establecido.
No obstante, durante la discusión, representantes de la Cámara defendieron que los textos aprobados eran idénticos y que, por tanto, no se requería ese procedimiento. Esta posición contrasta con la constancia divulgada posteriormente por la Secretaría General del Senado.
Posibles consecuencias jurídicas
Hernández y García advirtieron que la diferencia podría comprometer la validez del trámite del presupuesto y anunciaron la posibilidad de acudir a la justicia si la iniciativa avanza sin resolver la controversia.
Entre los escenarios planteados está la expedición del presupuesto mediante decreto, posibilidad que dependerá de la situación jurídica del proyecto y de las decisiones que adopten las autoridades competentes.
Hasta el momento, la existencia de una discrepancia documental y la ausencia de conciliación constituyen el centro del cuestionamiento. Sus efectos sobre la totalidad del Presupuesto General de 2027 deberán establecerse a partir de la revisión jurídica del procedimiento y de los documentos aprobados por ambas cámaras.
El caso pone en discusión el cumplimiento de las etapas constitucionales del trámite presupuestal y la necesidad de establecer cuál fue el texto efectivamente aprobado por el Congreso antes de su eventual sanción presidencial.