El pronunciamiento se produjo en cumplimiento de un fallo del Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá, que determinó que durante el acto oficial se vulneró el principio de neutralidad religiosa del Estado.
La tutela cuestionó, entre otros aspectos, la realización de un espacio de “invocación y alabanza”, la participación de representantes de diferentes confesiones religiosas y la presencia de una imagen de la Virgen de Fátima durante la ceremonia.
Durante su alocución, De La Espriella reconoció que es una persona creyente y católica, pero aseguró que como jefe de Estado debe garantizar la libertad religiosa y los derechos de todos los ciudadanos. También manifestó su compromiso de respetar la separación entre la Iglesia y el Estado y evitar que situaciones similares se repitan en actos oficiales.
La decisión judicial se originó en una acción de tutela presentada por un ciudadano que alegó la afectación de sus derechos a la libertad de conciencia y de culto.
La polémica reabre el debate sobre los límites entre las creencias personales de los funcionarios públicos y la obligación de mantener la neutralidad religiosa en las actuaciones oficiales del Estado.