El exsenador y expresidente del Senado Iván Leonidas Name Vásquez apelará la decisión del Consejo de Estado que decretó, en primera instancia, la pérdida de su investidura, una sanción conocida públicamente como “muerte política”.
La determinación fue adoptada el pasado 25 de septiembre por la Sala Especial de Decisión 24 de Pérdida de Investidura, que consideró acreditada la causal de tráfico de influencias prevista en el artículo 183 de la Constitución. El proceso está relacionado con el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
De acuerdo con el fallo, el entonces presidente del Senado utilizó las facultades derivadas de su cargo para favorecer el trámite de la reforma pensional impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro, a cambio de un beneficio económico. El Consejo de Estado analizó, entre otros elementos, la entrega de $3.000 millones provenientes de recursos relacionados con la UNGRD y la manera en que Name cedió en varias ocasiones la conducción de sesiones plenarias durante la discusión de la reforma.
La sentencia examinó 16 sesiones del Senado relacionadas con el trámite de la reforma pensional. Según la corporación, en 14 de ellas Name se apartó de la conducción de la plenaria sin que se acreditaran circunstancias que justificaran esas actuaciones, mientras la entonces senadora María José Pizarro asumió en varias oportunidades la Presidencia del Senado.
La decisión, sin embargo, no es definitiva. El propio fallo establece que procede el recurso de apelación ante la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, por lo que la situación derivada de la pérdida de investidura todavía puede ser revisada en segunda instancia.
El proceso de pérdida de investidura también es independiente de las actuaciones penales que se adelantan por el caso UNGRD. La decisión administrativa analiza la conducta de Name frente a su investidura como congresista, mientras que las eventuales responsabilidades penales corresponden a la jurisdicción competente.
Con la apelación se abre ahora una nueva etapa judicial en la que la Sala Plena deberá estudiar los argumentos de la defensa y determinar si mantiene, modifica o revoca la decisión adoptada en primera instancia.