La bancada provida del Congreso de la República radicó este miércoles un proyecto de acto legislativo con el que busca prohibir el aborto en Colombia mediante una reforma al artículo 11 de la Constitución Política.
De acuerdo con el texto presentado, la iniciativa pretende establecer de manera expresa que la vida humana comienza desde la concepción. El representante a la Cámara David Cote, del Centro Democrático, explicó que la propuesta busca reformar el artículo que consagra el derecho fundamental a la vida.
“El proyecto de acto legislativo busca reformar el artículo 11 de la Constitución Política. En su sabiduría, el constituyente primario que delegó su función en la Asamblea Constituyente del año 1991 planteó en el artículo 11 que el derecho a la vida en Colombia es inviolable”, afirmó el congresista.
Tras la radicación del proyecto, el movimiento social Causa Justa manifestó su rechazo a la iniciativa. El colectivo, que promovió la demanda que dio lugar a la Sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional, sostuvo que la propuesta no modifica las reglas actualmente vigentes sobre el acceso al aborto en el país.
“La propuesta no busca proteger la vida, busca penalizar el aborto. Este es un debate que ya resolvió la Corte Constitucional en 2022: en Colombia el aborto es legal, libre y gratuito hasta la semana 24”, señaló el movimiento en un comunicado.
Por su parte, Catalina Martínez Coral, abogada y vicepresidenta para América Latina del Centro de Derechos Reproductivos, afirmó que el aborto constituye un servicio esencial de salud y que su acceso no es incompatible con la protección de la vida.
Al tratarse de una reforma a la Constitución, el proyecto deberá superar ocho debates en el Congreso de la República para su aprobación. En caso de ser aprobado y posteriormente demandado, corresponderá a la Corte Constitucional revisar su constitucionalidad.
Marco jurídico vigente
Desde el 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-055 de 2022, despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación.
Después de ese plazo, el aborto continúa siendo punible, salvo que se configure alguna de las tres causales establecidas por la Sentencia C-355 de 2006: cuando exista riesgo para la vida o la salud física o mental de la mujer o persona gestante, cuando se presente una grave malformación fetal incompatible con la vida extrauterina o cuando el embarazo sea resultado de violencia sexual, incesto o inseminación artificial no consentida.