La Sección Quinta del Consejo de Estado, mediante sentencia de segunda instancia del 30 de abril de 2025, dejó en firme el nombramiento de Armando Alberto Benedetti Villaneda como ministro del Interior, al determinar que los planteamientos expuestos en la demanda no constituyen causales de nulidad electoral.
Según el alto tribunal, los hechos señalados por el demandante corresponden a conductas cuya valoración y eventual decisión son competencia de la autoridad disciplinaria, y no del juez electoral en el marco de este proceso.
Adicionalmente, y desde una perspectiva de género, la corporación dispuso oficiar a la Procuraduría General de la Nación para que adelante las averiguaciones pertinentes, luego de que el demandante afirmara que el actual ministro habría realizado señalamientos ofensivos contra una magistrada de la Corte Suprema de Justicia.
Con esta decisión, el alto tribunal mantiene la validez del nombramiento mientras las autoridades competentes evalúan los hechos puestos en conocimiento.