El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos jurídicos de la elección de Leidy Viviana Mojica Peña como contralora departamental del Atlántico para el periodo 2026–2029. La decisión se produjo en el marco de una demanda presentada por el veedor ciudadano y abogado Fernando Rodríguez Bernier, quien argumentó presuntas irregularidades en los tiempos de la convocatoria que antecedió al proceso de elección.
Mediante un auto fechado el 4 de junio de 2026, el alto tribunal revocó una decisión previa del Tribunal Administrativo del Atlántico y ordenó la suspensión provisional del acto de elección. Según la providencia, entre la expedición de la convocatoria y la realización de la elección no se habría cumplido el plazo mínimo de tres meses establecido en la Resolución 0728 de 2019.
Posteriormente, la defensa de Mojica Peña presentó una solicitud de aclaración y adición de la decisión judicial, la cual fue resuelta por el Consejo de Estado el pasado 18 de junio. No obstante, el equipo jurídico de la funcionaria manifestó que tuvo conocimiento de esta actuación a través de publicaciones en redes sociales y medios de comunicación.
Los abogados de la contralora suspendida señalaron que la ausencia de una notificación formal podría constituir una afectación al debido proceso y al derecho de defensa. Hasta el momento, el Consejo de Estado no se ha pronunciado públicamente sobre los cuestionamientos relacionados con la notificación de la providencia.