Según explicó, la Constitución y la Ley 5 de 1992 permiten que el Senado y la Cámara de Representantes sesionen en un lugar distinto al Capitolio Nacional, siempre que ambas corporaciones aprueben el cambio mediante proposiciones y exista el quórum requerido.
González indicó que el trámite solo podrá adelantarse una vez se instale el nuevo Congreso el próximo 20 de julio y se presente una solicitud formal por parte del presidente electo, ya que hasta el momento únicamente se ha realizado una consulta sobre la viabilidad del procedimiento.
El funcionario recordó que el artículo 192 de la Constitución establece que el presidente debe jurar su cargo ante el Congreso en pleno, por lo que un cambio de escenario no elimina ese requisito, sino que exige el traslado formal del Legislativo al lugar escogido.
Asimismo, señaló que el eventual desplazamiento de los congresistas a una base militar no implicaría mayores costos para el Congreso, al considerar que solo cambiaría el destino de los vuelos previstos para la ceremonia.
Finalmente, González afirmó que no existe ningún impedimento constitucional o legal para realizar la posesión en una base militar, siempre que se cumplan los procedimientos establecidos por el Congreso.