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Desde septiembre cambia la forma de cotizar a seguridad social para algunos independientes
La PILA tendrá un nuevo código para trabajadores que laboran por periodos parciales y reciben ingresos inferiores a un salario mínimo, con reglas específicas para reportar sus aportes
Por Tania Patiño
Publicado en 25/08/2026 19:51
ECONÓMICAS

 

A partir del 1 de septiembre de 2026, entrará en funcionamiento en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) el nuevo tipo de cotizante 76, denominado “Trabajador de tiempo parcial Independiente”. La categoría fue creada mediante la Resolución 001529 del 24 de julio de 2026 y está dirigida a independientes que desarrollan actividades durante periodos inferiores a un mes y cuyos ingresos son menores a un salario mínimo legal mensual vigente.

La nueva clasificación busca diferenciar a estos trabajadores dentro del sistema y permitir que el reporte de sus aportes se realice teniendo en cuenta los días efectivamente laborados durante el mes. La medida también modifica las reglas de validación de la PILA para establecer las condiciones bajo las cuales este tipo de cotizante podrá ser utilizado por los operadores de información.

El cambio también responde a una modificación previa del tipo de cotizante 51, que había sido utilizado para trabajadores de tiempo parcial. La normativa determinó posteriormente que los independientes que cumplen estas condiciones requieren una categoría específica, por lo que ahora contarán con el código 76 para realizar el reporte correspondiente.

De acuerdo con la resolución, este tipo de cotizante estará relacionado con los aportes al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Riesgos Laborales, conforme a lo establecido en la Ley 2466 de 2025. Para el reporte de pensiones, los días cotizados deberán corresponder a los días efectivamente trabajados durante el periodo. En cuanto a las cajas de compensación familiar, el aporte será voluntario, con posibilidad de reportar tarifas del 0,6 % o 2 %, también tomando como referencia los días laborados.

La implementación del código 76 comenzará oficialmente el 1 de septiembre de 2026. Sin embargo, la resolución precisa que los cambios aplicarán a los pagos realizados desde esa fecha correspondientes al periodo de cotización de agosto de 2026. Por ello, el cambio no significa que todos los trabajadores independientes deban modificar su forma de cotizar: la nueva categoría está destinada exclusivamente a quienes cumplan las condiciones establecidas en la normativa.

 
 
 
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